La Ley de Segunda Oportunidad es una ley que protege al deudor, persona física o autónomo. El objetivo principal es que aquellos que no pueden satisfacer sus deudas tengan la posibilidad de volver a comenzar sin arrastrar sus deudas eternamente. Una de las grandes ventajas de esta ley es que, desde el momento de presentación de la solicitud, se paralizan todas las medidas ejecutivas y embargos.
Lo que pretende la ley es que un deudor de buena fe que cae en una grave situación de insolvencia por factores que le son ajenos, pueda comenzar de cero y tener una oportunidad de rehacer su situación, perdonándole las deudas a la que el deudor no puede hacer frente de ningún modo, ni con sus bienes, ni con sus ingresos actuales o futuros. Para ello, establece determinados límites y garantías.
Al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad el deudor podrá elegir entre dos modelos de exoneración diferentes:
- Cancelación con liquidación
- Cancelación con plan de pagos
Cancelación con liquidación
Al deudor se le cancelan todas sus deudas (salvo las legalmente no exonerables) a cambio de sacrificar todo su patrimonio, si lo tuviera.
Es decir, con esta modalidad el deudor podrá ver cómo se cancelan todas sus deudas pero tendrá que invertir todo su patrimonio (por ejemplo su vivienda) para ello.
Esta opción es especialmente interesante cuando el deudor tiene deudas y no tiene patrimonio o bien cuando el importe de las deudas es muy superior al valor de su patrimonio.
Cancelación con plan de pagos
La principal ventaja es que te permite conservar parte de tu patrimonio, como por ejemplo la vivienda familiar.
La principal desventaja es que no te permite cancelar la totalidad de tus deudas, solo se cancelarán aquellas que el juez estime como imposibles de pagar. En el plan de pago, que dura entre tres y cinco años, el deudor se compromete a pagar a plazos una parte razonable de sus deudas, debe ser propuesto por el deudor y aprobado por el juez. Ello supone destinar una parte de los ingresos a pagar las deudas y otra parte a cubrir sus propios gastos. Es decir, el deudor se tiene que comprometer a destinar una parte razonable de sus ingresos a pagar las deudas, mientras que el resto de deudas son canceladas. Por lo tanto, a cambio de salvar la vivienda u otro patrimonio el deudor se compromete a pagar una parte de las deudas.
En Agulleiro Abogados te ayudamos a reestructurar o eliminar tus deudas y obtener una segunda oportunidad para volver a empezar.